El presidente de la JNJ, Antonio de la Haza, emitió este lunes una resolución que suspende la vacancia dictada contra Tello y Vásquez, y a continuación ordena su reposición inmediata como miembros de la Junta.
Ambos magistrados, que habían sido inhabilitados por 10 años por el Parlamento debido a supuestas irregularidades, solicitaron una medida cautelar ante el Poder Judicial que fue aceptada por la Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima.
En ese sentido, De la Haza comunicó a Tello y Vásquez sobre la suspensión de su vacancia y su inmediata reposición en sus cargos, según la resolución publicada en la cuenta de la JNJ en la red social X.
Igualmente, el presidente de la Junta comunicó de esta resolución al defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, que había programado para hoy tomar la juramentación de Abraham Siles como reemplazo de uno de los magistrados cesados.
Los jueces de la Primera Sala Constitucional afirmaron que la inhabilitación de Tello y Vásquez fue "arbitraria e inconstitucional", y que al menos dos congresistas, José Jerí y José Luna Gálvez, no debieron integrar la Comisión Permanente, grupo parlamentario que supone la antesala del pleno, que aprobó el informe que pedía el cese de los magistrados.
En un voto en minoría, uno de los jueces indicó que no hay evidencia de "negociación ilegítima" en el proceso contra Vásquez y que debe ser el Poder Judicial y el Tribunal Constitucional quienes decidan sobre el límite de edad para ser integrantes de la JNJ, el principal motivo para su separación del cargo.
El abogado de los magistrados cesados, Samuel Abad, declaró a Canal N que Tello y Vásquez "por mandato judicial van a retornar al cargo" y que "no hay ningún conflicto" con la decisión del Parlamento, porque "no hay poderes absolutos" en el país.
La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales propuso acusar e inhabilitar durante 10 años a los miembros de la JNJ por una presunta infracción constitucional, por haber permitido que Tello siga en funciones a pesar de haber superado el límite de edad de 75 años para ejercer el cargo.
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